Acció Climàtica estrena este verano una nueva regulación de protección sobre las especies marinas más vulnerables del Parque Natural de Cap de Creus

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Política

El estado general de los recursos pesqueros en la zona del Parque Natural de Cabo de Creus, junto con la llegada del verano y con el consecuente aumento de usos de este espacio, han sido los detonantes para que el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural tomara la iniciativa para la aprobación de urgencia de medidas dirigidas a la reducción de la captura de los grandes reproductores (animales de gran tamaño), la protección de determinadas especies de crustáceos y moluscos que presentan un estado poblacional muy reducido, y en la recuperación de las poblaciones de pop roquero con la aplicación de una veda biológica de tres meses, que debe garantizar la posibilidad de reproducción de las hembras de esta especie tan valorada.

Entre las medidas aprobadas cabe destacar la prohibición de la pesca tanto recreativa como profesional con señuelo vivo, modalidad muy efectiva y que tiene como objetivo los grandes reproductores de gran tamaño de las especies más emblemáticas del Parque, como pueden ser los meros y los dentales , o la implantación de una veda del pop, centrada durante los tres meses de alta fertilidad de las hembras.

Es también de notable importancia para mantener la gran biodiversidad de especies que caracterizan a este entorno la prohibición de captura de especies de crustáceos tan representativos como son la cabra, la chuya o langosta luisa, la galera, el cangrejo peludo, el cangrejo verde, el buey de mar, la concha de peregrino, el mejillón, el cuerno marino o el nácar, y tampoco hay que olvidar que se ha dado un primer paso en el establecimiento de unas cuotas máximas de captura para la pesca recreativa (bag limites) en especies tan importantes ecológicamente como son el congrio, el déntulo, la lubina, el mero, el zorzal negro, la grivia, el pagre, el corballo de roca, el cap-rojo, el sargo, la dorada, el espeto y el pop roquero.

Medidas reclamadas y consensuadas por todas las partes implicadas

Estas nuevas medidas, que entraron en vigor el pasado jueves, han sido fruto del acuerdo entre los pescadores, los científicos, las organizaciones sociales y medioambientales y las administraciones que componen el Comité de Cogestión de la pesca del cabo de Creus y han contado con el soporte de las entidades representativas de la pesca recreativa.

Éste ha sido el primer paso para la aprobación del Plan de gestión de la pesca en el cabo de Creus, previsto para finales de este año y que, a pesar de tener un alcance geográfico superior al del propio Parque Natural, se habrá de enmarcar y encajar en las medidas de gestión más generalistas que contendrá el futuro Plan rector de usos y gestión del Parque Natural de Cabo de Creus, que en breve entrará en proceso de participación ciudadana para su aprobación a corto plazo.

Historia de la protección de una actividad ancestral

La pesca profesional en el cabo de Creus y su entorno es una actividad ancestral caracterizada por la variedad de las capturas, tanto de peces como de crustáceos, altamente valoradas en los mercados locales. La Ley 4/1998, de 12 de marzo, de protección del cabo de Creus, impuso inicialmente una serie de restricciones importantes a determinadas actividades pesqueras tanto profesionales como recreativas y dejaba en manos del desarrollo reglamentario los detalles sobre reglamentación más concretos y específicos.

En este sentido, tanto la Dirección General de Política Marítima y Pesca Sostenible como la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural, partiendo también de que la actividad de la pesca profesional es la más antigua de la zona y atendiendo a las posibilidades que ofrece el Decreto 118/2018, de 19 de junio, sobre el modelo de gobernanza de la pesca profesional en Cataluña, consideraron adecuado promover la creación de un comité de cogestión de la pesca en el entorno marino del cabo de Creus para que la gestión de la pesca profesional se ejecutara según este modelo y siguiera los criterios de gestión adaptativa, ecosistémica y bioeconómica.

El Comité de Cogestión de la pesca en el cabo de Creus lo forman los pescadores de artes menores de Llançà, Port de la Selva, Cadaqués y Roses, la Federación Territorial de Cofradías de Pescadores de Girona, el Instituto Catalán de Investigación para la Gobernanza del Mar (ICATMAR), la Cátedra Océanos y Salud Humana de la Universidad de Girona, la plataforma LIFE (Low Impact Fisheries of Europe), IADEN-Salvem l’Empordà, la Dirección General de Política Marítima y Pesca Sostenible y la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural.

Por otra parte, esta regulación da respuesta a las recomendaciones del Instituto Catalán de Investigación para la Gobernanza del Mar (ICATMAR), que en la misma línea de urgencia manifestada por el Comité, concluye que la situación de los recursos marinos en ámbito marítimo del Parque Natural de Cabo de Creus requiere la necesidad de aplicar medidas de reducción del esfuerzo y proteger determinadas especies propias de la zona.

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