La moratoria para conceder permisos de acceso y conexión a las redes eléctricas a nuevos proyectos de renovables que el Gobierno instauró en junio del año pasado se mantendrá al menos tres meses más, plazo otorgado a los gestores de las redes para habilitar unas plataformas web en las que publicarán la capacidad de las infraestructuras en tiempo real y donde los promotores podrán conocer el estado de sus solicitudes.
Así lo establece el Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso y la conexión a las redes eléctricas, publicado el pasado 30 de diciembre. En la propuesta normativa dispuesta para información pública por el Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) el plazo otorgado a las empresas eléctricas para habilitar dichas plataformas on line era demasiado corto, de una sola semana, como varias compañías reclamaron en sus alegaciones.
La moratoria para conceder nuevos permisos -de la que están al margen las instalaciones de autoconsumo-, fue establecida por la Cartera de Teresa Ribera para frenar la avalancha de peticiones de conexión a las redes y es probable que se prolongue aún más, porque también depende de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) apruebe una Circular sobre la materia, actualmente en tramitación.
En todo caso, las nuevas plataformas aportarán información muy valiosa sobre la congestión de las redes y la viabilidad de los proyectos futuros; de hecho, el RD 1183/20 establece que si se deniega el permiso de acceso y conexión por falta de capacidad, solo se devolverá el 80% del aval exigido para presentar la solicitud, de 40.000 euros por MW del proyecto.
Ahora bien, la nueva norma no aclara cómo pueden los promotores acreditar que en el momento de presentar la solicitud a los gestores de las redes, sus plataformas sí indicaban que había capacidad suficiente, si se da el caso.
Sin repesca del punto vencido
Otro cambio relevante sobre la propuesta original es la eliminación de las disposiciones que permitían recuperar un punto de conexión en el caso de que se produjera la caducidad o la renuncia al derecho, vinculada a la presentación de una garantía económica de 250.000 euros por MW.
Esta medida permitía una repesca de los proyectos firmes que, por razones ajenas a los promotores, no pudieran cumplir los requisitos de tramitación y construcción establecidos en junio, que dan un plazo máximo de cinco años para culminar las instalaciones desde que se concede el punto de conexión a la red.
El resto del documento apenas ha sufrido cambios, más allá de aclarar la potencia de las plantas fotovoltaicas, en las que se considerará la menor entre la del inversor de corriente continua a alterna y la de los paneles instalados. Así, la norma mantiene el criterio de prelación temporal para otorgar el punto de conexión, habilita al Gobierno a celebrar concursos para los nudos donde cierren centrales térmicas o nucleares, se regulan hibridaciones de distintas tecnologías…
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