Traducción de artículo publicado en Reuters
BRUSELAS (Reuters) – El máximo tribunal de la Unión Europea desestimó el jueves pasado una demanda presentada por las ciudades de Bruselas, Madrid y París contra la Comisión Europea en la que la acusaban de establecer límites de emisiones de óxidos de nitrógeno demasiado altos para los automóviles.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló así una sentencia anterior a favor de las ciudades del Tribunal General, la segunda sala más alta de la UE, lo que provocó un recurso de apelación por parte de Alemania, Hungría y la Comisión.
El caso gira en torno a la introducción por parte de la Comisión después del escándalo Dieselgate de 2015 de pruebas de emisiones de conducción real para complementar los procedimientos de laboratorio y su establecimiento de límites de emisión de óxidos de nitrógeno para vehículos comerciales y de pasajeros ligeros.
Las ciudades se quejaron de que los límites eran más altos que los del estándar «Euro 6» que se aplica a los vehículos ligeros matriculados desde 2015. Como tal, argumentaron, socavaba su capacidad de regular la circulación de vehículos para reducir la contaminación del aire.
El Tribunal General respaldó su opinión, al igual que el abogado general en su consejo a los jueces del TJUE. Sin embargo, anularon la sentencia del Tribunal General.
El TJUE consideró que la directiva de la Comisión se refería únicamente a la matriculación y venta de vehículos y no a su circulación por las carreteras, por lo que las ciudades no estaban directamente afectadas por la legislación.
Sin embargo, el tribunal superior dijo que las ciudades aún podrían limitar la circulación de vehículos para proteger el medio ambiente sin infringir la ley de la UE.
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